Con fecha 19 de junio de 2009 se ha publicado en el BOJA la nueva Orden que regula las subvenciones a mujeres y empresas de mujeres para el Fomento y Mejora empresarial 2008.Entre las novedades de la nueva Orden cabe destacar:
Podrán tener la condición de beneficiarias las empresas de mujeres, que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía, y que no posean más de diez trabajadoras y su volumen de negocios anual no supere los dos millones de euros; así como las mujeres que estén en fase de iniciar una actividad autónoma o empresarial en Andalucía con estas características, cualquiera que sea su forma jurídica. También podrán tener la condición de beneficiarias las sociedades cooperativas que cumplan los mismos requisitos establecidos en el párrafo anterior con excepción del referido al número de trabajadoras, cuyo máximo será cincuenta.
Podrán tener la condición de beneficiarias las empresas de mujeres, que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía, y que no posean más de diez trabajadoras y su volumen de negocios anual no supere los dos millones de euros; así como las mujeres que estén en fase de iniciar una actividad autónoma o empresarial en Andalucía con estas características, cualquiera que sea su forma jurídica. También podrán tener la condición de beneficiarias las sociedades cooperativas que cumplan los mismos requisitos establecidos en el párrafo anterior con excepción del referido al número de trabajadoras, cuyo máximo será cincuenta.
Se considera empresa de mujeres, aquélla participada por mujeres al menos en el 51% de su capital y cuya administración corresponda a una mujer. En el momento de la presentación de la solicitud NO SERÁ NECESARIO ADJUNTAR NINGUNA OTRA DOCUMENTACIÓN.
Plazo de presentación: será desde el 20 de junio (sábado) hasta el 20 de julio (lunes) al ser el último día inhábil (19 de julio, domingo), se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente.
Lugar: Preferentemente en los registros del Instituto Andaluz de la Mujer y los Centros de la Mujer provinciales.
La solicitud autorrellenable la puedes encontrar en la Web: http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/CONVOCATORIA-2009-SUBVENCIONES-A.html
Para cualquier información adicional o consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotras.
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